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Saludo del presidente

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Estatutos de la Obra Social

Breve resumen de los aspectos más importantes:

1.- Domicilio Social:
Juan de Quesada 21, Las Palmas de Gran Canaria.
2.- Ámbito de actuación:
Comunidad Autónoma de Canarias.
3.- Fines:
Carácter de obra social de ánimo no lucrativo.

Objetivos:
Preparación y formación integral, profesional y humana de jóvenes preferentemente minusválidos físicos o síquicos, capacitación o cualificación profesional de los mismos, y ello desde una base católica y respetando otras confesiones, creencias o no creencias.

Promocionar puestos de trabajo en la Obra o fuera de ella, con carácter de empleo protegido o no, a aquellos jóvenes que no puedan obtenerlo en el mercado.

Preparar y formar íntegramente a jóvenes cuyas circunstancias socioeconómicas los hayan situado en posición gravemente desfavorable en su integración social y laboral.

Atención a las necesidades básicas de personas sin techo ni asistencia familiar o social, en especial a aquéllos que padecen disfunciones psíquicas.

Recuperación y reinserción socio-laboral posterior.

4.- Miembros de la Asamblea General:
- No serán menos de cinco. EL número variará según las necesidades.
- Será designado por una mayoría de al menos dos tercios de la Junta Directiva.
- Las condiciones para ser elegido se especifican en el Reglamento de Régimen Interior.
- Dicha condición de miembro podrá perderse por: a) decisión personal; b) acuerdo de 2/3 de sus miembros por atentar contra los fines o intereses de la Asoc., o por causa igualmente grave.

5.- Órganos directivos:
Presidente (3 años). Facultades: presidir y convocar asambleas, tomar decisiones sobre asuntos cotidianos, representar y actuar en nombre de la Asoc., aparte de las otorgadas por ley, la Asamblea o Junta Directiva.

Junta Directiva: Presidente y Consejeros (2 ó 4). Facultades:
gestión económica y administrativa, presupuestos, contratación, propuesta de actos de disposición o gravámen de bienes inmuebles. Elaboración, aprobación, etc. del Reglamento de Régimen Interior. Votación de nuevos miembros y personal contratado. Designación de socios de honor. Las demás que no correspondan a otros órganos. Designar al secretario y convocar sesiones generales.

Asamblea General compuesta por la Junta Directiva más los Socios. Competencias:
- Solicitar a la autoridad judicial la convocatoria de Junta General por omisión del Presidente.
- Informar en la redacción de presupuestos y memorias anuales, organización de actividades y preparación del Reglamento.
- Nombramiento de cargos.
- Reforma de Estatutos.
Se considerará válida la Asamblea con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. Se levantará acta de la Asamblea por el Secretario. Entre Asambleas habrán de transcurrir al menos 3 meses y como máximo un año (salvo excepciones en casos de urgencia a juicio del Presidente).

6.- Cualidad de asociado:
El adquirir la cualidad de asociado es competencia de la Junta Directiva a propuesta no vinculante de la mitad más uno de los asistentes a la Asamblea Gral. y en atención a los méritos y circunstancias de cada persona propuesta.

7.- Derechos y deberes de los asociados:
- Ser informados de la marcha de la Asoc., ser convocados a las reuniones, ser oídos en expedientes sancionadores, dirigirse a la presidencia y junta directiva cuando lo estimen oportuno, tomar parte en la redacción del Reglamento.
- Tienen obligación de: hacer correcto uso de los bienes de la asociación, comportarse de forma acorde con la ideología de la Obra y con respeto a las demás ideologías que pudieran concurrir, guardar y hacer respetar los estatutos.

 
     
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